"La correcta clasificación de los residuos no es solo una obligación legal, sino el primer paso hacia una economía circular y sostenible."
La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), publicada originalmente en 2003 y reformada en mayo de 2023, establece el marco jurídico fundamental para el manejo de desechos en México. Su objetivo es garantizar el derecho a un medio ambiente sano a través de un esquema de responsabilidad compartida.
Para cumplir con la normativa, es crucial entender la clasificación de los residuos en tres grandes grupos, cada uno con su propia regulación y autoridad competente.
1. Residuos Sólidos Urbanos (RSU)
Son los generados en las casas habitación y actividades domésticas, así como los provenientes de cualquier otra actividad dentro de establecimientos o en la vía pública con características domiciliarias.
2. Residuos de Manejo Especial (RME)
Son aquellos generados en procesos productivos que no reúnen las características para ser considerados peligrosos o como RSU, o que son producidos por grandes generadores de RSU.
- Responsabilidad de productores, importadores y distribuidores.
- Requieren un Plan de Manejo registrado ante la autoridad.
- Regulados por la NOM-161-SEMARNAT-2011.
3. Residuos Peligrosos (RP)
Son aquellos que poseen alguna de las características CRETIB (Corrosividad, Reactividad, Explosividad, Toxicidad, Inflamabilidad y Biológico-Infeccioso) y representan un riesgo para la salud o el ambiente.
Clasificación e identificación.
Residuos Biológico-Infecciosos (RPBI).
Obligaciones de los Generadores
Independientemente del tipo de residuo, la ley establece una serie de obligaciones que deben cumplir los generadores para asegurar una gestión adecuada. Estas responsabilidades varían según el volumen de generación:
Micro Generador
Hasta 400 kg/año
- Registrarse ante la autoridad local.
- Entregar residuos a camiones autorizados.
Pequeño Generador
400 kg a 10 ton/año
- Bitácora de generación.
- Manifiestos de entrega-transporte-recepción.
Gran Generador
Más de 10 ton/año
- Plan de Manejo de Residuos.
- Seguro ambiental (en caso de RP).
- Cédula de Operación Anual (COA).
Resumen de Competencias
| Tipo de Residuo | Siglas | Autoridad Competente |
|---|---|---|
| Residuos Sólidos Urbanos | RSU | Municipal |
| Residuos de Manejo Especial | RME | Estatal |
| Residuos Peligrosos | RP | Federal (SEMARNAT) |
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Auditorías Ambientales: Preparación y Cumplimiento
CumplimientoPróximamente en la Gaceta
Cumplimiento Post-Resolutivo
Obligaciones condicionantes una vez aceptado el desarrollo del proyecto.
Etapa Operativa
Vigilancia y cumplimiento ambiental durante la vida útil del proyecto.
Cierre y Abandono del Sitio
Protocolos para el desmantelamiento, restauración del predio y liberación de obligaciones legales.
